Buscar
Manual de Recursos en Cantabria para Personas con Discapacidad

Discapacidad y respeto a la diferencia: Ciudadanía de pleno derecho

Sólo cuando realmente asumamos que las personas con discapacidad son ciudadanos y ciudadanas como los demás, con los mismos derechos y responsabilidades, habremos dado el giro definitivo hacia su integración efectiva. Todo reposa en la capacidad y en la voluntad que demostremos para cambiar de actitud, para aceptar la diversidad y, en consecuencia, para rechazar posicionamientos, medidas o políticas que, directa o indirectamente, supongan una discriminación negativa, una exclusión de las personas con discapacidad. Pero ese cambio de actitud no es sencillo y requiere tiempo. Es cierto que a lo largo de los últimos veinte años hemos avanzado considerablemente en esa dirección y que hoy la igualdad de derechos es una idea en gran medida aceptada y compartida por la sociedad. A la hora de la verdad, sin embargo, las personas con discapacidad que requieren algún tipo de apoyo para ejercer sus derechos no tienen las mismas oportunidades que el resto de la población.

Es el momento de llevar los derechos a los hechos, de ser consecuentes con nuestras ideas. La única forma de hacerlo es ser conscientes de que el respeto, la protección y la defensa de los derechos de las personas con discapacidad constituyen su garantía máxima. Debemos entender que la protección de los grupos más vulnerables, independientemente de cuáles sean las causas de esa situación de mayor vulnerabilidad -la edad, la deficiencia, la enfermedad, la carencia de recursos dan la medida de la capacidad que tiene una sociedad para responder a las necesidades de todos y, por lo tanto, constituye el mejor indicador de su grado de civilización y progreso social.

  • En primer lugar, debemos facilitar a las personas con discapacidad el ejercicio de sus derechos, informándoles adecuadamente acerca de los mismos y ayudándoles a ejercerlos cuando sea necesario. Difícilmente podrán acceder a las prestaciones económicas a las que tienen derecho o a los servicios que mejor responden a sus necesidades y preferencias si no los conocen.
  • Debemos promover su libertad de elección. Tener la posibilidad de elegir entre diversas opciones es una de las libertades básicas de las personas. A todos nos parecería inconcebible que otros decidieran por nosotros a cerca de dónde debemos vivir y con quién, en qué escuela estudiamos, a qué actividad deseamos dedicarnos, quiénes son nuestros amigos y tantas otras cosas que, con mayor o menor margen de libertad, vamos eligiendo.
  • En cambio, aceptamos que se limite el derecho de elección de muchas personas con discapacidad; y así, no nos preocupamos por el hecho de que las barreras urbanísticas, arquitectónicas o de comunicación obstaculicen, o incluso impidan, su acceso a servicios de uso público, ni consideramos seriamente la posibilidad de promover la participación activa de las personas con dificultades de comprensión en la adopción de las decisiones que les afectan.
  • Debemos corregir nuestra tendencia a la sobreprotección y a la infantilización de las personas con discapacidad. Reconocer y asumir su capacidad para elegir la vida que desean llevar exige que quienes conforman su entorno inmediato y la sociedad en general superen esa arraigada tendencia a la compasión. Esta actitud dificulta el ejercicio de sus derechos, y el trato diferenciado que conlleva, ahonda el sentimiento de discriminación.
  • Debemos comprender, además, que los derechos de una persona con discapacidad, como los de cualquier otra, sólo pueden limitarse en aquellos casos en los que su ejercicio pudiera conllevar un nivel de riesgo objetivo superior al razonable y del que no es consciente. Esta limitación es una cuestión muy seria, con importantes consecuencias para la vida de esa persona y por tratarse de una cuestión tan grave, requiere ser tratada con mucha cautela y con las máximas garantías, sobre todo en aquellos casos, no infrecuentes, en los que existan conflictos de intereses o de derechos entre el entorno más cercano y la persona con discapacidad. El procedimiento de incapacitación es la única forma de ofrecer estas garantías: en él, es un Juez quien decide si efectivamente las circunstancias de la persona determinan que no tiene capacidad suficiente para adoptar las decisiones que le afectan, y si dicha incapacidad se extiende a todas las esferas y actos de su vida o si, por el contrario, sólo afecta a un determinado tipo de actos , en cuyo caso la persona conservaría su capacidad y su libertad para realizar, autónomamente, los actos para los que no ha sido incapacitada.
  • Por último, debemos dejar de identificar a las personas con discapacidad por su discapacidad y empezar a identificarlas por su condición de personas. Las personas con discapacidad tienen, como las demás, diversas facetas en su forma de ser y en su forma de vivir -habilidades, sentimientos, sensaciones, miedos, preferencias, prioridades, rechazos y maníasque no se encuentran necesariamente relacionadas con su discapacidad y, por lo tanto, sólo debemos tomar esta última en consideración cuando resulte pertinente con respecto a aquello que estemos diciendo o haciendo.

Una sociedad es accesible cuando quienes viven en ella tienen la posibilidad real de participar, de vivir a su manera, de relacionarse y de acceder a los servicios, todo ello en condiciones de igualdad con el resto de la ciudadanía. Una sociedad accesible no discrima a las personas por ninguna razón -ni por motivos económicos, ni por motivos sociales, ni por motivos personales-, y asume la diversidad de todos los ciudadanos que la integran y respeta y hace respetar sus diferencias.

La construcción de una sociedad de estas características implica varios cambios fundamentales con respecto a las personas con discapacidad:

Por un lado, es imprescindible abandonar la idea de que la normalización consiste en incorporar a estas personas a estructuras y procedimientos concebidos sin tener en cuenta sus necesidades y entender que, por el contrario, consiste en integrarlas en nuestros entornos de vida habituales adaptando estos entornos a las necesidades de todos.

Aceptar la diferencia de un niño con discapacidad en la escuela no significa “admitirlo” en la escolarización ordinaria, significa adaptar esta última a sus necesidades y considerar que esa especificidad también forma parte de la escuela ordinaria.

Todos procuramos construir un mundo de actividades y de relaciones ajustado a un ritmo que nos es propio. Pero esto no siempre es fácil: ni nuestro entorno social, ni el mercado laboral, ni las estructuras educativas tienen todavía la flexibilidad necesaria para garantizar el respeto de los distintos ritmos vitales.

Por último, es necesario adoptar en los ámbitos del urbanismo, la arquitectura y el diseño de equipamientos, mobiliario, utensilios y objetos, la filosofía del “Diseño Universal”, también conocido bajo el nombre de “Diseño para Todos”.

Se trata de que todas las cosas puedan ser utilizadas por todo el mundo y de que, por lo tanto, en su diseño se tengan en cuenta las distintas necesidades. No consiste en hacer adaptaciones para las personas con discapacidad, sino en producir las cosas desde el principio con unas características que se ajusten no sólo a las necesidades de estas últimas, sino también a las de los niños, los mayores, las mujeres embarazadas y cualquier persona que, de forma transitoria o permanente, vea disminuida su capacidad.

Conseguir que estas directrices de actuación se conviertan en una realidad y redunden en beneficio de las personas con discapacidad y del conjunto de la población exige el compromiso de todos.

Facebook
Twitter
LinkedIn
Telegram
WhatsApp

Mapa de Recursos