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Manual de Recursos en Cantabria para Personas con Discapacidad

Empleo ordinario

Otras Ayudas

Obligatoriedad de contratar Personas con Discapacidad 

La Administración General del Estado, está obligada a reservar en las ofertas de empleo público un cupo no inferior al 5% de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad cuyo grado de minusvalía sea igual o superior al 33%, de modo que, progresivamente, se alcance el 2% de los efectivos totales de la misma.

Indicar que para aquellas empresas públicas o privadas, que empleen un número de 50 ó más trabajadores se obliga a contar, al menos, con un 2 por 100 de trabajadores con discapacidad en su plantilla.

Las empresas podrán aplicar medidas alternativas de carácter excepcional en orden al cumplimiento de la obligación de reserva de la cuota de empleo a favor de las personas con discapacidad, como son las siguientes:

  • La realización de un contrato mercantil o civil con un centro especial de empleo o con un trabajador autónomo con discapacidad para el suministro de materias primas, maquinaria y bienes de equipo.
  • La realización de un contrato mercantil o civil con un centro especial de empleo o con un trabajador autónomo con discapacidad para la prestación de servicios ajenos y accesorios a la actividad normal de la empresa.
  • La realización de donaciones y acciones de patrocinio, siempre de carácter monetario (de al menos 1,5 veces el SMI anual por cada trabajador con discapacidad dejado de contratar por debajo de la cuota de reserva), para el desarrollo de actividades de inserción laboral y creación de empleo de personas con discapacidad, cuando la entidad beneficiaria sea una fundación o una asociación de utilidad pública, cuyo objetivo sea, entre otros, la formación profesional, la inserción laboral o la creación de empleo a favor de las personas con discapacidad que permita la creación de puestos de trabajo para los mismos y finalmente, su integración en el mercado de trabajo.

Supuestos de excepcionalidad

  • Imposibilidad de que los Servicios Públicos de Empleo puedan atender la oferta de empleo después de haber efectuado las gestiones de intermediación necesarias.
  • Acreditación por parte de la empresa de cuestiones de carácter productivo, organizativo, técnico o económico que motiven especial dificultad para incorporar a trabajadores discapacitados.

Medidas alternativas aplicables

  • Realización de un contrato mercantil o civil con un Centro Especial de Empleo o con un trabajador autónomo con discapacidad (para el suministro de bienes, o para la prestación de servicios ajenos).
  • Realización de donaciones y acciones de patrocinio.
  • Constitución de enclaves laborales.

Normativa

– El Real Decreto 368/2021, de 25 de mayo, sobre medidas de acción positiva para promover el acceso al empleo de personas con capacidad intelectual límite  (BOE 26 de mayo de 2021) tiene por objeto, de acuerdo con la disposición adicional sexta de la Ley 26/2011, de 1 de agosto, de adaptación normativa a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, establecer un conjunto de medidas de acción positiva dirigidas a promover el acceso al empleo ordinario de las personas con capacidad intelectual límite. Y con ello modifica la siguiente normativa:

– Real Decreto 1451/1983, de 11 de mayo, por el que en cumplimiento de lo previsto en la Ley 13/1982, de 7 de abril, se regula el empleo selectivo o las medidas de fomento del empleo de los trabajadores minusválidos.

– Real Decreto 870/2007, de 2 de julio, por el que se regula el programa de empleo con apoyo como medida de fomento de empleo de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo.

– Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional dual.

– Artículo 30 de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.

– Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo.

– Real Decreto 170/2004, de 30 de enero, por el que se modifica el Real Decreto 1451/1983, de 11 de mayo, por el que en cumplimiento de lo previsto en la Ley 13/1982, de 7 de abril, se regula el empleo selectivo y las medidas de fomento del empleo de los trabajadores discapacitados.

– Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva en favor de los trabajadores con discapacidad.

– Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva en favor de los trabajadores con discapacidad.

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