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Manual de Recursos en Cantabria para Personas con Discapacidad

Vivienda

Otras Ayudas

Descripción

Destaca la concreta obligación de que los proyectos de vivienda protegida, o cualesquiera otros proyectos de viviendas promovidos o subvencionados por las Administraciones Públicas, programen un mínimo del 3% con las suficientes características constructivas que faciliten el acceso de las personas con discapacidad, así como el desenvolvimiento normal de sus actividades motrices y su integración social (LISMI).

En la Comunidad de Cantabria, por medio de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda, concretamente, a través de la Dirección General de Vivienda y Arquitectura, se pone en marcha una serie de subvenciones y préstamos para la AYUDA A LA REHABILITACIÓN DE EDIFICIOS regulados por el Decreto 66/2002, de 6 junio (BOC de 14 de junio de 2002) del Gobierno de Cantabria, sobre actuaciones Protegibles en Materia de Vivienda y suelo de Cantabria.

 

Beneficiarios

Estas ayudas las podrán solicitar los propietarios, inquilinos o usuarios de un edificio, vivienda o vivienda rural, así como los propietarios de viviendas cedidas en arrendamiento siempre que sea el domicilio habitual del inquilino. También podrán acceder a ellas las Comunidades de Propietarios y Personas Jurídicas.

Cómo solicitar las ayudas

Aunque las ayudas a personas con discapacidad para la compra, el alquiler y la adecuación de vivienda se rige por el Plan Estatal de Vivienda, cada Comunidad Autónoma tiene la potestad de gestionar el plan de modo independiente. Así que los requisitos y la cuantía de las ayudas puede variar de una región a otra.

Será aconsejable acudir en busca de información precisa al departamento de vivienda de tu localidad. Como se apuntó antes, existen ayudas que se solicitan a través de la comunidad de vecinos y no a título personal.

En el caso que la ayuda la solicite directamente el interesado, los requisitos habituales son:

  • No poseer una vivienda. Esto es importante porque no existen ayudas para compra de segunda vivienda para discapacitados.
  • Que la ayuda se utilice en la vivienda habitual.
  • Que la persona beneficiaria esté empadronada en la localidad.
  • Que el ingreso familiar esté contemplado en un rango definido de acuerdo al IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples).

Es necesario tener presente que cada Comunidad Autónoma gestiona de manera independiente las ayudas contempladas en el Plan Estadal de Viviendas.

Normativa

  • Orden EPS/4/2022, de 25 de febrero de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la promoción de la vida autónoma.
  • Resolución por la que se aprueba la convocatoria de concesión de subvenciones para la Promoción de la Vida Autónoma en 2022.
  • Extracto de la Resolución de 31 de marzo de 2022, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de subvenciones para la promoción de la vida autónoma en el ejercicio 2022.
  • Decreto 4/2019, de 7 de febrero
  • Ley 10/2022, de 14 de junio, de medidas urgentes para impulsar la actividad de rehabilitación edificatoria en el contexto del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
  • Orden EPS/18/2022, de 15 de junio.
  • Real Decreto 1100/2021, de 10 de diciembre.

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