El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, de naturaleza directa y subjetiva, grava los incrementos patrimoniales obtenidos a titulo lucrativo por personas físicas, en los términos previstos en la Ley sobre el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
A continuación veremos los beneficios fiscales existentes en la regulación de este impuesto para las personas con dicapacidad, tanto desde el ámbito estatal como del autonómico.