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Manual de Recursos en Cantabria para Personas con Discapacidad

Prestación económica individual para la promoción de la vida autónoma

Servicios Sociales

Prestación económica que bajo la condición de subvención va destinada a la realización de actividades, la adquisición de bienes materiales, servicios o tratamientos que favorezcan la autonomía personal, la ejecución de obras de adaptación funcional de la vivienda habitual y permanente, así como la eliminación de barreras arquitectónicas que faciliten el acceso o la movilidad dentro de su vivienda habitual y permanente.

Información relevante

 

Objeto

La concesión de subvenciones para promoción de la vida autónoma en el ejercicio 2022 irán destinadas a personas físicas residentes en Cantabria, que debido a su edad o a sus limitaciones en la actividad derivadas de la discapacidad, tienen dificultades para desenvolverse en su medio habitual, facilitándoles así el acceso a prestaciones y servicios que mejoren su calidad de vida y su integración en el entorno social.

 

Requisitos

  1. Hallarse en alguno de los siguientes supuestos:
    1. Ser mayor de sesenta y cinco años cumplidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y no encontrarse en activo laboralmente.
    2. Ser menor de 65 años a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y tener reconocida una discapacidad igual o superior al 33% por resolución anterior a la fecha de finalización de dicho plazo.
  2. Estar empadronadas en algún municipio de la Comunidad Autónoma de Cantabria a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
  3. No exceder los ingresos de la persona solicitante de 1.200 euros mensuales netos en el mes de enero de 2022, excluida la cantidad correspondiente al prorrateo de las pagas extras, en el caso que se incluyera en la nómina mensual. En el caso de trabajadores autónomos, para este cálculo, se computará la media mensual del rendimiento neto previo que consta en la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del ejercicio 2020 o 2021.

Cuando el solicitante forme parte de una unidad familiar, se tendrán en cuenta los ingresos de todos sus miembros. En este caso, el limite señalado será incrementado en un 50% del IPREM mensual de 2022 (redondeado a 290 €) por cada uno de los miembros computables de la unidad familiar con los que conviva.

  1. No se consideran ingresos computables las siguientes prestaciones económicas:
    • Las derivadas del Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia.
    • La Prestación Económica de la Seguridad Social por hijo/a a cargo, salvo en los casos en que la persona solicitante de la subvención sea el sujeto causante de la misma.
  1. Que la subvención no tenga como objeto sufragar servicios o prestaciones a los que la persona solicitante tenga derecho con cargo a otros sistemas públicos de protección social, educativa o sanitaria, empresas, mutuas, entidades aseguradoras u otras entidades públicas o privadas obligados a atender la contingencia.
  2. Que la persona solicitante no tenga reconocidas prestaciones similares a través de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia (en adelante Ley de Atención a la Dependencia) o de otros servicios del Sistema Público de Servicios Sociales de Cantabria.
  3. Que la subvención para la adquisición de bienes, adaptación funcional de vivienda y/o eliminación de barreras arquitectónicas lo sea para la vivienda en que la persona solicitante esté empadronada y conviva en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
  4. Cumplir los requisitos establecidos específicamente para cada tipo de subvención en los ANEXOS A Y B.
  5. Que la adquisición de bienes o la prestación de servicios este encuadrada en los periodos establecidos para cada una de las subvenciones.

 

Tipo de prestación

No garantizada.

 

Plazos de solicitud

EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES ES DESDE EL 9 DE ABRIL AL 9 DE MAYO (INCLUIDO).

 

Cuantía

La cuantía varía en función del coste de las ayudas, dispositivos y/o adaptaciones que se pretendan realizar así como de la capacidad económica de la persona solicitante.

 

¿Dónde me puedo informar?

  • Servicios Sociales de Atención Primaria del ayuntamiento de residencia. Listado de SSAP
  • Centros de Salud de Atención Primaria (Trabajador/a Social).

 

Documentación precisa

La solicitud y la ficha de terceros, junto al resto de documentación que se establece en la Convocatoria Anual

 

Lugares de entrega de documentación

  • Registro Electrónico del Gobierno de Cantabria: rec.cantabria.es
  • Oficina de Asistencia en Materia de Registro del Instituto Cántabro de Servicios Sociales. General Dávila, nº 87, 39006 – Santander.
  • O en las demás formas a que hace referencia el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria: “Cualquier otro registro de la Comunidad Autónoma, de la Administración General del Estado, de las entidades que integran la Administración Local (ej. Delegación del Gobierno, Ayuntamientos…) y otros como Oficinas de Correos, etc.”

 

Órgano competente

Servicio de Acción Social e Integración.
INSTITUTO CÁNTABRO DE SERVICIOS SOCIALES

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