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Manual de Recursos en Cantabria para Personas con Discapacidad

Servicios de atención residencial permanente

Servicios Sociales

Servicio que ofrece atención integral de forma continuada a personas en situación de discapacidad o dependencia, en todas las necesidades de la vida diaria, bien de forma permanente, cuando el centro residencial se convierte en el domicilio habitual de la persona o temporal, cuando se atienden estancias temporales por periodos de convalecencias, enfermedades o descanso de los cuidadores.

 

Objetivo

Proporcionar un espacio de atención integral, a personas que no puede permanecer en su propio domicilio.

 

¿Quién lo puede solicitar?

Personas con discapacidad o en situación de dependencia, con dificultades para permanecer en su domicilio.

 

Tipo de prestación

No garantizada

 

Plazos de solicitud

Se puede solicitar en cualquier momento.

 

Coste del servicio

El servicio implica una participación económica del usuario en el coste total del servicio.

 

¿Dónde me puedo informar?

  • Servicios Sociales de Atención Primaria del ayuntamiento de residencia. Listado de SSAP
  • Centros de Salud de Atención Primaria (Trabajador/a Social).

 

Observaciones

Existe otro servicio de centro residencial, garantizado, que se presta desde el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) destinado a personas valoradas en algunos de los Grados de Dependencia que dan derecho a la protección por el SAAD.

 

Documentación precisa

La adjudicación de una plaza pública en un Centro de Dia a una persona que no tenga reconocida legalmente la situación de dependencia se realiza conforme a lo establecido en la Orden 2 de agosto de 2002, reguladora de la solicitud de acceso a centros y servicios sociosanitarios. Para ello, la persona interesada deberá presentar deberá la Solicitud de recurso sociosanitario en impreso normalizado y junto a ella la siguiente documentación:

  • Informe de valoración médica, de enfermería y social cumplimentado por profesionales de la administración pública.
  • Fotocopia del DNI.
  • Original y fotocopia de la tarjeta sanitaria.
  • Certificado de la pensión o pensiones.
  • Declaración o declaraciones del IRPF de la unidad familiar.
  • Certificado del Impuesto de Bienes Inmuebles (Catastro)
  • Justificante de cualquier modalidad de ahorro.
  • En su caso, original y fotocopia de la sentencia de divorcio o separación.
  • En su caso, original y fotocopia de la sentencia firme de incapacitación y nombramiento de tutor legal.
  • En su caso, original y fotocopia del certificado de Minusvalía.

 

Lugares de entrega de documentación

  • Registro Delegado del Instituto Cántabro de Servicios Sociales. General Dávila, nº 87, 39006 – SANTANDER
  • Cualquier otro registro de la Comunidad Autónoma o de la Administración General del Estado (ej. Delegación del Gobierno) y otros como Oficinas de Correos, etc.

 

Órgano competente

Servicio de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia.
INSTITUTO CÁNTABRO DE SERVICIOS SOCIALES

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