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Manual de Recursos en Cantabria para Personas con Discapacidad

Servicio de Préstamo de Productos de Apoyo

Otras Ayudas

Descripción del servicio

Servicio que consiste en el préstamo de determinados productos de apoyo incluidos en el siguiente listado: (Lista de productos de apoyo).

El servicio de préstamo se podrá realizar en tanto se disponga del producto por el Centro de accesibilidad, atención y cuidados en el domicilio (CADOS), una vez valorada por el mismo la adecuación del producto solicitado.

Objetivo

Favorecer el autocuidado y la movilidad de las personas usuarias de cara a:

  1. Facilitar la participación social
  2. Proteger, apoyar, entrenar, medir o sustituir funciones/estructuras corporales y actividades.
  3. Prevenir deficiencias, limitaciones en la actividad o restricciones en la participación.

¿Quién lo puede solicitar?

Personas con algún grado de dependencia o con discapacidad y personas que aun no encontrándose en ninguno de los casos anteriores presenten patologías acreditadas mediante informe facultativo del sistema de salud que les ocasionen la pérdida de autonomía para alguna función.

Requisitos

  • Estar empadronadas en algún municipio de la comunidad autónoma.
  • Presentar dificultades de desenvolvimiento que hagan necesario el producto de apoyo para superar la limitación. Justificado mediante grado de discapacidad igual o superior al 33% o dependencia en cualquier grado, o bien presentar patologías acreditadas mediante informe médico del Sistema Nacional de Salud que ocasionen la necesidad temporal de algún producto de apoyo al que se refiere esta orden.
  • No tener derecho al disfrute del producto a través de otros sistemas de protección social (Sistema Nacional de Salud, Seguridad Social y otros).
  • No haber recibido una subvención o ayuda del Gobierno de Cantabria para la adquisición de un producto con la misma finalidad en los diez años anteriores, si se trata de camas articuladas o grúas, y en seis años, para los demás productos.
  • No estar ingresado en centro de atención residencial.
  • Que las condiciones de la vivienda lo permitan y que exista una persona responsable del correcto uso de las ayudas técnicas prestadas.

Tipo de prestación

No garantizada.

Plazos de solicitud

Se puede solicitar en cualquier momento.

Coste del servicio

Gratuito.

¿Dónde me puedo informar?

Documentación precisa:

Solicitud en modelo oficial, junto a la siguiente documentación: Modelo de solicitud

  • Original y fotocopia para su compulsa, de los siguientes documentos, de la persona solicitante y de su representante legal o guarda de hecho:
    1. DNI para los ciudadanos españoles.
    2. Certificado de inscripción en el Registro Central de Extranjeros, de los ciudadanos de la Unión Europea, así como el pasaporte o tarjeta de identidad del país de procedencia.
    3. Tarjeta de familiar de ciudadano/a de la UE y pasaporte o tarjeta de identidad del país de procedencia
    4. Tarjeta de residencia para las personas extranjeras que no estuviesen en ninguno de los supuestos anteriores.
  • Original y fotocopia de la resolución judicial de la incapacitación y nombramiento de representante legal, en su caso.
  • En caso de menores, original y fotocopia del Libro de Familia.
  • Certificado de empadronamiento.
  • Original y fotocopia del documento acreditativo del grado de discapacidad o dependencia, si el mismo esta emitido por otra CA.
  • Informe médico del Sistema Nacional de Salud en el que indique dolencia o diagnostico que motive la necesidad del producto de apoyo solicitado. No será necesario cuando el solicitante tenga reconocida discapacidad o dependencia.

Lugares de entrega de documentación

  • Registro Delegado del Instituto Cántabro de Servicios Sociales. General Dávila, nº 87, 39006 – SANTANDER
  • Cualquier otra Oficina de registro de la Comunidad Autónoma o de la Administración General del Estado (ej. Delegación del Gobierno) y otros como Oficinas de Correos, etc.

Órgano competente

Servicio de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia.
INSTITUTO CÁNTABRO DE SERVICIOS SOCIALES

Normativa

  • Orden SAN/57/2014, de 27 de agosto, por la que se regula el servicio de préstamo de productos de apoyo para promover la autonomía personal y el desarrollo de actividades básicas de la vida diaria de las personas usuarias.

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