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Manual de Recursos en Cantabria para Personas con Discapacidad

Víctimas de Violencia de Género

Servicios Sociales

Servicio de teleasistencia móvil para víctimas de la violencia de género (Servicios Sociales de Atención Primaria)

Descripción del servicio

Servicio telefónico de comunicación permanente, que ofrece a las víctimas de la violencia de género una atención inmediata y a distancia, asegurando una respuesta rápida a las eventualidades que les puedan sobrevenir las 24 horas del día.

Este servicio se basa en la utilización de tecnologías de comunicación telefónica móvil y de telelocalización.

Objetivo

Garantizar una atención inmediata y adecuada ante situaciones de emergencia. A la vez de proporcionar tranquilidad y seguridad, potenciar la autoestima y la calidad de vida y ayudar a disminuir la sobrecarga de las usuarias del servicio.

¿Quién lo puede solicitar?

Mujeres victimas de violencia de genero con orden de alejamiento o de protección.

Requisitos

  • No convivir con la persona o personas que las han sometido a maltrato.
  • Contar con una orden de alejamiento o una orden de protección, siempre que el juez que la emitió no lo considere contraproducente.

Tipo de prestación

Garantizado en los ayuntamientos adheridos al Programa de Teleasistencia Móvil para Víctimas de Violencia de Género (Femp-Imserso)

Plazos de solicitud

Se puede solicitar en cualquier momento.

Coste del servicio

Gratuito

¿Dónde me puedo informar?

· Servicios Sociales de Atención Primaria del Ayuntamiento de residencia. Listado de SSAP

Documentación precisa

Ficha de solicitud según modelo.

Lugares de entrega de documentación

En el ayuntamiento de residencia.

Órgano competente

Administración General del Estado

Delegación del Gobierno en Cantabria

Gestión

Centro de Servicios Sociales de Atención Primaria

Entidades locales (Ayuntamientos y Mancomunidades) titulares de los Servicios Sociales de Atención Primaria.

Ayudas económicas a víctimas de violencia de género

Descripción de la prestación

Ayuda económica establecida como medida de protección integral en la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.

Objetivo

Prestar apoyo económico a las victimas de violencia de género.

¿Quién lo puede solicitar?

Las mujeres victimas de violencia de género para las que quede acreditada insuficiencia de recursos económicos y unas especiales dificultades para obtener un empleo.

Requisitos

  • Carecer de rentas que en cómputo mensual, superen el 75 por ciento del salario mínimo interprofesional vigente, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
  • Tener especiales dificultades para obtener un empleo.
  • Encontrarse empadronada en cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Tipo de prestación

Garantizada

Plazos de solicitud

Se puede solicitar en cualquier momento.

Cuantía y forma de pago

Las ayudas serán concedidas y abonadas en un pago único como prestaciones económicas de carácter individualizado a favor de las beneficiarias.

El importe de esta ayuda será, con carácter general, equivalente al de seis meses de subsidio por desempleo. El importe podrá ser incrementado por cargas familiares o por tener reconocimiento de discapacidad la persona beneficiaria o alguno de los familiares a cargo.

¿Dónde me puedo informar?

  • Servicios Sociales de Atención Primaria del Ayuntamiento de residencia. Listado de SSAP
  • Oficina de Información y Registro del Instituto Cántabro de Servicios Sociales. General Dávila, nº 87, 39006 Santander.

Documentación precisa

Con la solicitud, Modelo de solicitud, se aportará la documentación que se relaciona a continuación, en original y fotocopia para su compulsa:

  • Documento Nacional de Identidad, pasaporte o permiso de residencia y de trabajo en vigor de la solicitante.
  • Orden de protección a favor de la victima, o excepcionalmente el informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la denunciante es victima de violencia de genero en tanto se dicta la orden de protección.
  • Informe preceptivo del Servicio Cántabro de Empleo que acredite tener especiales dificultades para obtener un empleo.
  • Certificado de empadronamiento de la solicitante.
  • Última declaración del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas y Patrimonio de la solicitante o, en su caso, certificado de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria de no estar sujeto a obligación de hacer declaración.
  • Justificante de todos los ingresos mensuales de la solicitante.
  • Certificado de minusvalía de la solicitante, en su caso.

En el caso de que la solicitante tenga a su cargo al menos a un familiar por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado:

  • Documento Nacional de Identidad, pasaporte, o permiso de residencia y de trabajo de los miembros de la unidad de convivencia que se encuentren a cargo de la solicitante. En el supuesto de menores, se presentará el Libro de Familia, y, en su caso, resolución de acogimiento o tutela.
  • Certificado de convivencia donde figuren todos los miembros de la unidad de convivencia que se encuentren a cargo de la solicitante, o en su caso, documento de asistencia sanitaria, cuando los familiares tengan reconocida la condición de beneficiarios de asistencia sanitaria en el documento que aparezca extendido a nombre de la víctima. No será necesaria la convivencia cuando exista obligación de alimentos en cuyo caso se aportará convenio o resolución judicial por la que la solicitante quede obligada a prestarlos.
  • Última declaración del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas y Patrimonio de los miembros de a unidad de convivencia a cargo de la solicitante o, en su caso, certificado de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria de no estar sujeto a obligación de hacer declaración.
  • Justificante de todos los ingresos mensuales de los miembros de la unidad de convivencia que se encuentren a cargo de la solicitante.
  • Certificado de minusvalía de las personas de la unidad de convivencia que se encuentren a cargo de la solicitante, cuando proceda.

Lugares de entrega de documentación

  • Registro Delegado del Instituto Cántabro de Servicios Sociales. General Dávila, nº 87, 39006 – SANTANDER
  • Cualquier otra Oficina de registro de la Comunidad Autónoma o de la Administración General del Estado (ej. Delegación del Gobierno) y otros como Oficinas de Correos, etc.

Órgano competente

Servicio de Acción Social e Integración.

INSTITUTO CÁNTABRO DE SERVICIOS SOCIALES

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