Las cooperativas de trabajo asociado fiscalmente protegidas que integren, al menos, un 50% de socios con discapacidad y que acrediten que, en el momento de constituirse la cooperativa, dichos socios se hallaban en situación de desempleo, gozarán de una bonificación del 90% de la cuota íntegra del Impuesto de Sociedades durante los cinco primeros años de actividad social, en tanto se mantenga el referido porcentaje de socios.