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Manual de Recursos en Cantabria para Personas con Discapacidad

Ámbito Autonómico

Otras Ayudas

REDUCCIONES DE LA BASE IMPONIBLE

  • En las adquisiciones mortis causa, incluidas las de los beneficiarios de pólizas de seguros de vida, si la Comunidad Autónoma no hubiese aprobado sus propias reducciones o no resultase aplicable a los sujetos pasivos la normativa propia de la comunidad, se aplicarán además de las que pudieran corresponder en función del grado de parentesco con el causante, las siguientes reducciones:
    • 50.000 euros a las personas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% e inferior al 65%.
    • 200.000 euros a las personas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
  • En los casos de transmisión de participaciones inter vivos en favor del cónyuge, descendientes o adoptados, de una empresa individual, un negocio profesional o de participaciones en entidades del donante a las que sea de aplicación la exención del Impuesto sobre el Patrimonio, se aplicará una reducción en la base imponible del 95 % del valor de adquisición, en aquellos casos en los que el donante tuviese 65 o más años, o se encontrase en situación de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez. El donatario deberá mantener lo adquirido y tener derecho a la exención en el Impuesto sobre el Patrimonio durante los 10 años siguientes a la fecha de la escritura pública de donación, salvo que falleciera dentro de este plazo. Asimismo, el donatario no podrá realizar actos de disposición y operaciones societarias que puedan dar lugar a una minoración sustancial del valor de adquisición.

 

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