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Manual de Recursos en Cantabria para Personas con Discapacidad

Prestación económica de asistencia personalizada

Servicios Sociales

Prestación económica destinada a la contratación de una asistencia personalizada, durante un número de horas diarias, que posibilite a la persona usuaria la incorporación a la educación y/o la vida laboral, así como mejorar su autonomía en el ejercicio de las actividades básicas de la vida diaria.

 

Objetivo

Proporcionar el apoyo necesario para fomentar la vida independiente y la autonomía personal.

 

¿Quién lo puede solicitar?

Personas en situación de dependencia para el acceso a la educación y al trabajo.

 

Requisitos

  • Haber sido valoradas en cualquiera de los grados de dependencia.
  • Tener capacidad para determinar los servicios que requiere, ejercer su control e impartir instrucciones al asistente personal de cómo llevarlos a cabo.
  • Estar participando en actividades educativas y/o laborales de forma regular.

 

Observaciones

El asistente personal, deberá reunir los siguientes requisitos:

  • Ser mayor de 18 años.
  • Residir legalmente en España.
  • Reunir las condiciones de idoneidad para prestar los servicios derivados de la asistencia personal, acreditando, al menos, la cualificación profesional de Atención Sociosanitaria a Personas en el Domicilio o la de Atención Sociosanitaria a Personas Dependientes en Instituciones Sociales, o los títulos de Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería o de Técnico de Atención Sociosanitaria.
  • Prestar sus servicios mediante contrato con empresa prestadora de éstos o directamente mediante contrato laboral o de prestación de servicios con el beneficiario o su representante, en el que se incluyan las condiciones y directrices para la prestación del servicio y la cláusula de confidencialidad que se establezca.
  • Cuando la relación entre el beneficiario y el asistente personal esté basada en un contrato de prestación de servicios, este último tendrá que acreditar el cumplimiento de sus obligaciones de afiliación y alta en el correspondiente Régimen de la Seguridad Social.

 

Tipo de prestación

Garantizada

 

Cuantía

  • La cuantía máxima de las prestaciones económicas del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) se establece anualmente por el Gobierno mediante real decreto, previo acuerdo del Consejo Territorial del SAAD.
  • Cuantías máximas establecidas:
    • Grado III de Dependencia: 715,07 € mensuales
    • Grado II de Dependencia: 426,12 € mensuales
    • Grado I de Dependencia: 300,00 € mensuales
  • En cada caso, la cuantía de la prestación se establece en el Programa individual de atención, en función de la capacidad económica de la persona beneficiaria, que no podrá ser inferior al diez por ciento de las cuantías máximas establecidas para cada grado de dependencia.
  • En el supuesto en que la persona beneficiaria fuera titular de complemento de gran invalidez, de complemento de la asignación económica por hijo a cargo mayor de 18 años con un grado de minusvalía igual o superior a 75 por ciento, de complemento por necesidad de tercera persona de la pensión de invalidez no contributiva, o de subsidio de ayuda a tercera persona previsto en la LISMI, se deducirá la cuantía de éstas del importe a reconocer en la prestación económica.

 

Forma de pago

El pago se efectuará por mensualidades.

 

¿Dónde me puedo informar?

  • Servicios Sociales de Atención Primaria del ayuntamiento de residencia. Listado de SSAP
  • Centros de Salud de Atención Primaria (Trabajador/a Social).

La Prestación Económica de Asistencia personal es compatible con los Servicios de Prevención, Promoción de la autonomía personal y de Teleasistencia e incompatible con las demás prestaciones del SAAD.

 

Documentación precisa

La prescripción de la Prestación Económica para Asistencia Personal se realiza, una vez reconocida la situación de Dependencia en alguno de los Grados con derecho a la protección del SAAD, a través del la Resolución del Programa Individual de Atención.

Para su elaboración será necesaria la documentación requerida para la solicitud de reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del SAAD:

 

Lugares de entrega de documentación

  • Registro Delegado del Instituto Cántabro de Servicios Sociales. General Dávila, nº 87, 39006 – SANTANDER
  • Cualquier otro registro de la Comunidad Autónoma o de la Administración General del Estado (ej. Delegación del Gobierno) y otros como Oficinas de Correos, etc.

 

Plazo de tramitación

El plazo máximo, entre la fecha de entrada de la solicitud de valoración de la situación de dependencia y la de resolución de reconocimiento de la prestación, será de seis meses.

 

Órgano competente

Servicio de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia.
INSTITUTO CÁNTABRO DE SERVICIOS SOCIALES

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