Buscar
Manual de Recursos en Cantabria para Personas con Discapacidad

Servicio de valoración de discapacidad

Servicios Sociales

Este servicio es el responsable de valorar la discapacidad (antiguamente llamado grado de minusvalía) mediante la aplicación de los baremos correspondientes. Efectúa el reconocimiento, declaración y calificación del Grado de Discapacidad y presta información sobre los beneficios y recursos que dicho reconocimiento otorga.

 

Objetivo

Determinar el Grado de Discapacidad que presenta una persona.

 

¿Quién lo puede solicitar?

Cualquier persona que padezca una discapacidad.

 

Tipo de prestación

Garantizada

 

Plazos de solicitud

Se puede solicitar en cualquier momento.

 

Coste del servicio

Gratuito

 

¿Dónde me puedo informar?

 

Observaciones

A efectos legales, tendrán la consideración de personas con discapacidad aquellas a quienes se les haya reconocido un Grado igual o superior al 33 por ciento.

 

Documentación precisa

Las personas interesadas en la valoración del Grado de Discapacidad deberán presentar la Solicitud de reconocimiento del Grado de Discapacidad en el Centro de Evaluación, Valoración y Orientación.

Junto al impreso de solicitud deberá adjuntarse:

  • Original y fotocopia del DNI/NIE/Pasaporte del solicitante.
  • Original y fotocopia de la cartilla o tarjeta sanitaria.
  • Original y fotocopia de informes médicos y/o psicológicos recientes emitidos por profesionales de la Red que avalen las deficiencias alegadas.
  • En caso de incapacitación legal: Original y fotocopia del DNI de la persona que ostente la representación legal y del documento acreditativo de la representación legal o tutoría (en caso de incapacitación legal).
  • En caso de no tener nacionalidad española, original y fotocopia de la tarjeta de residente.
  • En caso de incapacidad laboral, original y fotocopia de la Resolución de la misma.

 

Lugares de entrega de documentación

  • Registro Delegado del Instituto Cántabro de Servicios Sociales. General Dávila, nº 87, 39006 – SANTANDER
  • Cualquier otro registro de la Comunidad Autónoma o de la Administración General del Estado (ej. Delegación del Gobierno) y otros como Oficinas de Correos, etc.

 

Plazo de tramitación

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de tres meses desde la entrada en registro de la solicitud, pudiendo ampliarse este plazo en situaciones determinadas hasta otros tres meses.

 

Órgano competente

Servicio de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia.
INSTITUTO CÁNTABRO DE SERVICIOS SOCIALES

Facebook
Twitter
LinkedIn
Telegram
WhatsApp