Este servicio es el responsable de valorar la discapacidad (antiguamente llamado grado de minusvalía) mediante la aplicación de los baremos correspondientes. Efectúa el reconocimiento, declaración y calificación del Grado de Discapacidad y presta información sobre los beneficios y recursos que dicho reconocimiento otorga.
Objetivo
Determinar el Grado de Discapacidad que presenta una persona.
¿Quién lo puede solicitar?
Cualquier persona que padezca una discapacidad.
Tipo de prestación
Garantizada
Plazos de solicitud
Se puede solicitar en cualquier momento.
Coste del servicio
Gratuito
¿Dónde me puedo informar?
- Servicios Sociales de Atención Primaria del ayuntamiento de residencia. Listado de SSAP
- Centro de Evaluación, Valoración y Orientación. Dirección y contacto
Observaciones
A efectos legales, tendrán la consideración de personas con discapacidad aquellas a quienes se les haya reconocido un Grado igual o superior al 33 por ciento.
Documentación precisa
Las personas interesadas en la valoración del Grado de Discapacidad deberán presentar la Solicitud de reconocimiento del Grado de Discapacidad en el Centro de Evaluación, Valoración y Orientación.
Junto al impreso de solicitud deberá adjuntarse:
- Original y fotocopia del DNI/NIE/Pasaporte del solicitante.
- Original y fotocopia de la cartilla o tarjeta sanitaria.
- Original y fotocopia de informes médicos y/o psicológicos recientes emitidos por profesionales de la Red que avalen las deficiencias alegadas.
- En caso de incapacitación legal: Original y fotocopia del DNI de la persona que ostente la representación legal y del documento acreditativo de la representación legal o tutoría (en caso de incapacitación legal).
- En caso de no tener nacionalidad española, original y fotocopia de la tarjeta de residente.
- En caso de incapacidad laboral, original y fotocopia de la Resolución de la misma.
Lugares de entrega de documentación
- Registro Delegado del Instituto Cántabro de Servicios Sociales. General Dávila, nº 87, 39006 – SANTANDER
- Cualquier otro registro de la Comunidad Autónoma o de la Administración General del Estado (ej. Delegación del Gobierno) y otros como Oficinas de Correos, etc.
Plazo de tramitación
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de tres meses desde la entrada en registro de la solicitud, pudiendo ampliarse este plazo en situaciones determinadas hasta otros tres meses.
Órgano competente
Servicio de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia.
INSTITUTO CÁNTABRO DE SERVICIOS SOCIALES