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Manual de Recursos en Cantabria para Personas con Discapacidad

Deducciones autonómicas

Otras Ayudas

CANTABRIA: 

  • Los contribuyentes minusválidos en grado igual o superior al 65% pueden aplicar la deducción por arrendamiento de la vivienda habitual con independencia de su edad (con carácter general, para poder aplicar la deducción se requiere ser menor de 35 años o mayor de 65), siempre que se cumplan los requisitos exigidos. Podrán deducir el 10 por ciento de las cantidades satisfechas en el período, con límite máximo de deducción de 300 euros anuales, y de 600, en tributación conjunta.

  • Por cada  ascendiente o descendiente minusválido en grado igual o superior al 65%, puede aplicarse una deducción de 100 €, siempre que se cumplan los requisitos exigidos.  

  • Deducción del 10% por arrendamiento de la vivienda habitual con ciertos requisitos para aquellos con grado de discapacidad igual o superior al 65%. El límite de la deducción es de 300€ en tributación individual y de 600€, en tributación conjunta.

  • Por cuidado de familiares: 100€ por ascendiente o descendiente, cónyuge o hermano, con ciertos requisitos y un grado de discapacidad física, psíquica o sensorial igual o superior al 65%. Por descendiente menor de 3 años con un grado de discapacidad igual o superior al 65 por 100, procederá aplicar una deducción de 100 euros por descendiente y otros 100 euros por discapacidad. 

  • El 15% de las cantidades satisfechas en obras realizadas en viviendas de su propiedad, situadas en Cantabria, con ciertos requisitos. La deducción tendrá un límite anual de: 1.000€  en tributación individual y a los 1.500€ en tributación  conjunta, el incremento será de 500 euros por cada contribuyente con discapacidad igual o superior al 65%.

  • 10 % de los gastos por prestación de servicios sanitarios por enfermedad, salud dental, embarazo y nacimiento de hijos, accidentes e invalidez. Cuando el contribuyente sea una persona con discapacidad y acredite un grado de discapacidad igual o superior al 65%, el límite anual de la tributación será de 500€ en tributación individual y a los 700€ de tributación conjunta se le suma 100€ por cada contribuyente con dicha discapacidad en el caso de tributación conjunta.

  • 15% de las cantidades donadas a asociaciones que persigan entre sus fines el apoyo a personas con discapacidad.

  • Para familias monoparentales 200 euros anuales para el titular de la familia monoparental si los hijos son menores y también para hijos mayores de edad incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada, si se cumplen los requisitos exigidos.

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