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Manual de Recursos en Cantabria para Personas con Discapacidad

Reducciones por discapacidad

Otras Ayudas

RENDIMIENTOS DEL TRABAJO 

  • Para el ejercicio 2.011, el rendimiento neto del trabajo se reduce en 3.264 euros anuales para los contribuyentes discapacitados que obtengan rendimientos del trabajo como trabajadores activos. Esta reducción será de 7.242 euros anuales si se tiene un grado de minusvalía igual o superior al 33% e inferior al 65% que acrediten necesitar ayuda de terceras personas o movilidad reducida o un grado de minusvalía igual o superior al 65%.
  • Reducción por prolongación de la actividad laboral: consiste en un incremento del 100% de la reducción anterior.
  • Reducción por movilidad geográfica: Consiste en un incremento del 100% de la reducción por rendimientos del trabajo. Es aplicable en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el siguiente.
  • Las personas físicas que en 2021 adquieran la condición de contribuyentes por el IRPF como consecuencia de su desplazamiento a territorio español con motivo del acontecimiento 33ª Copa América podrán aplicar una reducción del 65% sobre la cuantía neta de los rendimientos de trabajo que perciban de la entidad.
 
Los trabajadores activos discapacitados, además de las reducciones anteriores que les correspondan, tendrán derecho a la reducción por discapacidad de trabajadores activos, según el siguiente detalle:
 
Grado de discapacidadReducción por discapacidad de trabajadores activos
Igual o superior al 33% e inferior al 65%3.500 €
Igual o superior al 33% e inferior al 65% que acrediten necesitar ayuda de terceras personas o movilidad reducida7.750 €
Igual o superior al 65 %7.750 €
 

RENDIMIENTOS DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS 

  • El contribuyente que en el ejercicio de la actividad económica pueda aplicar la reducción especial establecida para determinados rendimientos en actividades en estimación directa, podrá,  a su vez, adicionalmente y si es persona con discapacidad, minorar el rendimiento neto de las mismas en 3.264 € anuales, o en 7.242 € si acredita necesitar ayuda de terceras personas o movilidad reducida o un grado de minusvalía igual o superior al 65 %.
  • La Orden EHA/3413/2008, de 26 de noviembre, por la que se desarrolla para 2009 el método de estimación objetiva, contempla en las instrucciones para la aplicación de los módulos, que el personal no asalariado con un grado de minusvalía igual o superior al 33%, se compute al 75%. 

 

GANANCIAS Y PÉRDIDAS PATRIMONIALES    

  • Se estima que no existe ganancia o pérdida patrimonial por aportaciones a patrimonios protegidos constituidos a favor de personas con discapacidad.
  • Está exenta de transmisión de la vivienda habitual en personas con dependencia severa o gran dependencia de acuerdo con la Ley de promoción a la autonomía personal y atención a personas en situación de dependencia.

 

PATRIMONIOS PROTEGIDOS DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD

 

1.- REDUCCIONES POR APORTACIONES AL PATRIMONIO PROTEGIDO

  • Personas con derecho a la reducción
    • Las que tengan una relación de parentesco en línea directa o colateral hasta el tercer grado inclusive con el discapacitado.
    • El cónyuge del discapacitado.
    • Aquellas que lo tuvieran a su cargo en régimen de tutela o acogimiento.
  • Cuantía de la reducción: las aportaciones realizadas, que podrán ser dinerarias o no dinerarias, darán derecho a reducir la base imponible del aportante, con el límite máximo de 10.000 € anuales. El conjunto de las reducciones practicadas por todas las personas que efectúen aportaciones a favor de un mismo patrimonio protegido no podrá exceder de 24.250 € anuales.
 

2.- TRATAMIENTO FISCAL PARA EL CONTRIBUYENTE DISCAPACITADO DE LAS APORTACIONES RECIBIDAS 

  • Cuando los aportantes sean personas físicas, tendrán la consideración de rendimientos de trabajo hasta el importe de 10.000 € anuales por cada aportante y  24.250 € anuales en conjunto.
  • Cuando los aportantes sean sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades, tendrán la consideración de rendimientos de trabajo siempre que hayan sido gasto deducible en el Impuesto sobre Sociedades, con el límite de 10.000 € anuales. Este límite es independiente de los anteriores.
Cuando estas aportaciones se realicen a favor de los parientes, cónyuges o personas a cargo de los empleados del aportante, únicamente tendrán la consideración de rendimientos de trabajo para el titular del patrimonio protegido. Estos rendimientos están exentos, hasta un importe máximo anual de 22.558,77 € en 2021 ( 3 veces el IPREM). Este límite se aplica conjuntamente para las prestaciones en forma de renta derivadas de sistemas de previsión social de discapacitados.
 

PLANES DE PENSIONES Y OTROS SISTEMAS DE PREVISIÓN SOCIAL CONSTITUIDOS A FAVOR DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD

 

APORTACIONES

 
Los límites establecidos serán conjuntos para todos los sistemas de previsión social constituidos a favor de personas con discapacidad.
Las aportaciones pueden hacerse por:
  • El propio partícipe discapacitado.
  • Personas con relación de parentesco con el discapacitado.

 

 Discapacitado partícipeCada una de las personas emparentadas con la persona con discapacidad
Reducción anual máxima24.250 €10.000 €
Reducción anual máxima conjunta
24.250 €
 
  

PRESTACIONES


Las prestaciones en forma de renta están exentas hasta un importe máximo de 22.558,77 € para 2021. Este límite se aplica conjuntamente con los rendimientos de trabajo derivados de las aportaciones a patrimonios protegidos de discapacitados.
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